Por la Resolución General la Afip ha establecido que aquellos que hayan comprado dólares y no pagaron la percepción del 20% porque lo dejaron depositado en la caja de ahorro. Si antes de cumplirse los 365 días del depósito lo retiran para la compra de letras en dólares no tendrán que depositar la percepción.

Dicha percepción será considerada pago a cuenta del impuesto a las ganancias, bienes personales en el caso de personas físicas adheridas al monotributo que no resulten responsables del impuesto a las ganancias.