Las Normas Contables de medición para los bienes de uso, excepto activos biológicos, en la situación de los entes pequeños y medianos que utilicen la resolución técnica (FACPCE) 41/2015 están representadas por los siguientes criterios:

1-El costo menos su depreciación acumulada; o

2-El modelo de revaluación conforme a la resolución técnica (FACPCE) 17/2000 A dicho costo, se le adicionarán las erogaciones posteriores a su incorporación originadas en:

1-Mejoras

2-Reemplazo o reacondicionamiento

Las restantes erogaciones posteriores a la incorporación del bien se considerarán Imputables a resultados en el período en que se lleven a cabo.