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CHACO. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN DE INCENTIVOS FISCALES. PRÓRROGA. DECRETO 894/2016. RESUMEN SEMANAL. (23/05/2016)

Se prorroga hasta el 31/12/2017 la vigencia del régimen de incentivos fiscales para grandes contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que hayan obtenido, en el año calendario o ejercicio anterior, ingresos por ventas netas totales superiores a $100000000. El Régimen consiste en una bonificación de hasta el 20% en el pago de los anticipos mensuales para quienes se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y haber mantenido y/o incrementado el plantel de empleados en relación de dependencia durante tres meses anteriores a la fecha de solicitud del acogimiento.

SANTA CRUZ. PROCEDIMIENTO. EJECUCIÓN FISCAL. PAGO DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES DE LOS LETRADOS REPRESENTANTES DEL FISCO. RESOLUCIÓN GENERAL 5/2016. RESUMEN SEMANAL. (23/05/2016)

En las ejecuciones fiscales no podrán percibirse honorarios sin que antes se haya satisfecho totalmente crédito fiscal. En los casos en que los deudores soliciten facilidades de pago, los honorarios deberán ingresarse dentro de los 5 días hábiles. Primera etapa: A) Sin oposición de excepciones: 5% B) Con oposición de excepciones:6% Segunda etapa: A) Sin oposición de excepciones: 10% B) Con oposición de excepciones: 12% Montos mínimos: Cualquiera sea el monto del juicio el honorario mínimo se establece en $500 por cada ejecución fiscal.

NEUQUÉN. INGRESOS BRUTOS. LEY IMPOSITIVA 2016. ALÍCUOTA CERO. REQUISITOS Y CONDICIONES. RESOLUCIÓN 188/2016. RESUMEN SEMANAL. (23/05/2016)

Los contribuyentes cuya actividad sea la construcción y la misma se encuentre gravada a la alícuota 0%, por el artículo 4, inciso c), de la ley impositiva anual 2982, deberán presentar ante la Dirección Provincial de Rentas el Formulario de Actualización de Datos, nominado AD03/1. Deberá ser presentado por cada obra pública ya sea en Sede Central o en la Delegación más próxima. Las empresas constructoras que realicen obras públicas y/o aquellas comprendidas en el segundo párrafo del artículo 4 inciso c) de la ley impositiva anual 2982, podrán solicitar un certificado de no retención y/o …

JUJUY. INGRESOS BRUTOS. CONTRIBUYENTES LOCALES. PRESENTACIÓN WEB DE DECLARACIONES JURADAS SIDEJU. USO OBLIGATORIO. RESUMEN SEMANAL. (23/05/2016)

El Director Provincial de Rentas resuelve que a partir del anticipo 6/2016 cuyo vencimiento opera en el mes de Julio de 2016, los contribuyentes locales que utilizan el Aplicativo Domiciliario Sideju (Sistema Declaración Jurada), deberán presentar sus declaraciones juradas a través de la utilización obligatoria de la clave fiscal, accediendo a www.rentasjujuy.gob.ar Aplicación Ingresos brutos-Presentación DDJJ; resolución general 1369/2014. Quedan excluidos los contribuyentes que revistan la condición de monotributistas sociales que podrán continuar con presentación de declaraciones juradas en forma manual.

RÍO NEGRO. FACILIDADES DE PAGO. CONTRIBUYENTES QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO DE FISCALIZACIÓN. REMISIÓN DE MULTAS POR OMISIÓN. RESUMEN SEMANAL. (16/05/2016)

La Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro establece que los contribuyentes y/o responsables que se encuentren en proceso de fiscalización podrán obtener facilidades de pago con una remisión en el monto de las multas por omisión aplicables de entre el 30% y el 100%, dependiendo del momento de cancelación de las mismas.

ENTRE RÍOS. FACILIDADES DE PAGO. RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES FISCALES. DEUDAS DEVENGADAS HASTA DICIEMBRE 2015. ACOGIMIENTO. TURNOS WEB. RESUMEN SEMANAL. (16/05/2016)

La página web de la Administradora Tributaria de Entre Ríos-ATER- se encontrará operativa hasta las 24 horas del día 13/05/2016 para la solicitud de turnos para regularización de obligaciones fiscales para deudas devengadas y/o vencidas hasta Diciembre de 2015. Se establece que los turnos tendrán carácter de improrrogables y no podrán extenderse del día 17/06/2016.

JUJUY. BASE IMPONIBLE PARA COMERCIALIZACIÓN DE AUTOMOTORES. RESUMEN SEMANAL. (16/05/2016)

Por Jujuy tenemos la ley 5914 la cual dispone que la base imponible para la venta de automóviles 0 KM, maquinarias y otros bienes será establecida entre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra de los mismos, se presume sin admitir prueba en contrario una base mínima del 15% y a su vez se establece una alícuota especial del 10%. Esta ley también afecta el impuesto de sellos para los contratos de compraventa, permuta, transferencia de automotores, acoplados, maquinarias y otro tipo de vehículos.Grava al 2% estos contratos y establece a su vez que si …

FORMOSA. REGISTRO DE REMATADORES DE PRODUCTOS PECUARIOS. RESUMEN SEMANAL. (16/05/2016)

En la Provincia de Formosa tenemos la Resolución General 5/2016 a través de la cual la Dirección General de Rentas estableció el Registro de Rematadores de productos pecuarios debiendo inscribirse en el mismo los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que intervengan o realicen operaciones de comercialización de activos pecuarios a través de subastas públicas y remates. Este Régimen también prevee un Régimen Especial de Recaudación ya sea sobre el impuesto sobre los ingresos brutos, impuesto inmobiliario rural y la tasa retributiva de servicios devengados por la comercialización de este tipo de productos.