Se ha modificado el procedimiento para la solicitud del reintegro del iva de exportación que ya no se va a tramitar en la Agencia de exportadores sino en la Agencia de cada uno de los contribuyentes.
Por la Resolución General la Afip ha establecido que aquellos que hayan comprado dólares y no pagaron la percepción del 20% porque lo dejaron depositado en la caja de ahorro. Si antes de cumplirse los 365 días del depósito lo retiran para la compra de letras en dólares no tendrán que depositar la percepción. Dicha percepción será considerada pago a cuenta del impuesto a las ganancias, bienes personales en el caso de personas físicas adheridas al monotributo que no resulten responsables del impuesto a las ganancias.
Se prorroga hasta el 31/12/2017 la vigencia del régimen de incentivos fiscales para grandes contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que hayan obtenido, en el año calendario o ejercicio anterior, ingresos por ventas netas totales superiores a $100000000. El Régimen consiste en una bonificación de hasta el 20% en el pago de los anticipos mensuales para quienes se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y haber mantenido y/o incrementado el plantel de empleados en relación de dependencia durante tres meses anteriores a la fecha de solicitud del acogimiento.
Los contribuyentes cuya actividad sea la construcción y la misma se encuentre gravada a la alícuota 0%, por el artículo 4, inciso c), de la ley impositiva anual 2982, deberán presentar ante la Dirección Provincial de Rentas el Formulario de Actualización de Datos, nominado AD03/1. Deberá ser presentado por cada obra pública ya sea en Sede Central o en la Delegación más próxima. Las empresas constructoras que realicen obras públicas y/o aquellas comprendidas en el segundo párrafo del artículo 4 inciso c) de la ley impositiva anual 2982, podrán solicitar un certificado de no retención y/o …
El Director Provincial de Rentas resuelve que a partir del anticipo 6/2016 cuyo vencimiento opera en el mes de Julio de 2016, los contribuyentes locales que utilizan el Aplicativo Domiciliario Sideju (Sistema Declaración Jurada), deberán presentar sus declaraciones juradas a través de la utilización obligatoria de la clave fiscal, accediendo a www.rentasjujuy.gob.ar Aplicación Ingresos brutos-Presentación DDJJ; resolución general 1369/2014. Quedan excluidos los contribuyentes que revistan la condición de monotributistas sociales que podrán continuar con presentación de declaraciones juradas en forma manual.
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La Resolución 3878 de Afip salió publicada el 17/05/2016 a través de esta resolución la Afip establece un pago trimestral del iva para las micro, pequeñas y medianas empresas. En el caso de medianas empresas solo las del tramo 1 mediante la Resolución 24/2001 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana empresa se establecieron las diferentes categorías de micro, pequeñas y medianas empresas en virtud de las actividades y de los ingresos anuales que cada una tenga. Quedan afuera de este Régimen de pago trimestral la actividad de la construcción y de la …
Bitcoin es una criptodivisa concebida en 2009 por Satoshi Nakamoto. Se usa bitcoin para referirse a la red o al protocolo y bitcoin o bitcoins a unidades monetarias.Funciona como una red consensuado que permite un nuevo sistema de pago y una moneda completamente virtual.Características de los bitcoins son (i) no pertenecen a ningún estado o país; (ii) se pueden cambiar bitcoins a otras divisas y visceversa; (iii) No hay intermediarios: las transacciones se hacen directamente de persona a persona; (iv) su emisión es descentralizada: no es controlada por ningún estado, banco, institución financiera o empresa; (v) es imposible …
La Secretaría de Ingresos Públicos incorpora, a partir del 01/07/2016, sujetos a la nómina de agentes de retención, percepción y/o recaudación del impuesto de sellos Resolución 16/2016.
Lo que respecta a las Ganancias para persona jurídica la Resolución General 3875 ha establecido un nuevo aplicativo. Esta versión será obligatoria a las presentaciones que se realicen a partir del 13/05. Sin embargo se ha previsto la versión 12 hasta el 31/05 para las presentaciones vinculadas con el cierre económico 31/12/2015.
Reemplaza la versión anterior del Sicore versión 8.0 release 25. Cambia el formato de importación del txt reconociendo 3 errores: -el campo Importe del comprobante debería ser Numérico Positivo -el campo Base de cálculo debería ser Numérico Positivo -el campo Importe de la retención debería ser Numérico Positivo Con lo cual la posible solución temporal es volver a la versión anterior o cambiar el formato del txt.